¿Qué distancias debe cumplir mi pozo para legalizarlo?
Para poder inscribir su pozo mediante inscripción en la sección B, se deben cumplir las siguientes distancias:
- 100 m a cauces fluviales
- 100 m a otros pozos
En caso de no cumplir con la distancia a cauces fluviales, su pozo se podría legalizar, pero mediante el trámite de concesión de aguas.
En caso de tener otro pozo a menos de 100 m de distancia, se debe comprobar si el otro pozo se encuentra a más de 20 m de distancia para que se pueda legalizar, regulando el caudal máximo a extraer, en los casos que así sea posible, a menos de 0,15 l/s. En caso de que su pozo se encuentre a menos de 20 m de distancia de otro pozo, requerirá inexorablemente de autorización expresa por parte del titular del otro pozo.








